Comercio Exterior - Normativa

LEY 25.613 REGIMEN DE IMPORTACIONES PARA INSUMOS DESTINADOS A INVESTIGACIONES CIENTIFICOTECNOLOGICAS

Exímese del pago de derechos de importación y demás tributos creados o por
crearse, a la importación de bienes efectuada por los organismos y entidades del
Estado Nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con
competencia en la materia y las entidades de bien público comprendidas en el
artículo 20, inciso f) de la Ley de Impuesto a las Ganancias (t.o. 1997) con idéntica
actividad. Registro de Organismos y Entidades Científicas y Tecnológicas.
Excepción. Autoridad de aplicación.
Sancionada: Julio 3 de 2002.